Si te vas a casar o tienes pensado hacerlo, primero darte la enhorabuena. Y aprovechar para darte unos consejos laborales que te vendrán bien.
El permiso de Matrimonio es un permiso laboral retribuido que le pertenece a la trabajadora o trabajador por unirse legalemente a su pareja. Y está recogido en el 37.3 del Estatuto de los Trabajadores.
El trabajador o trabajadora tiene derecho a 15 días naturales de descanso que empiezan a partir del día laborable siguiente a la boda. Exceptuando si el propio día de la boda es laborable, en ese caso empezará a contar a partir del mismo día de la boda.
La ley no marca fecha para avisar a la empresa de que vas a casarte, pero desde el STR te recomendamos que lo hagas con 15 días de antelación, como mínimo. Una vez te hayas casado y agotado los 15 días, siempre está bien presentar el Acta de Matrimonio como acto de cortesía a la empresa.
Si te vuelves a casar con otra persona vuelves a tener 15 días de permiso, excepto que sea la misma persona con la que te hayas casado.
Si quieres más información no dudes en escribirnos.