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Nuevo complemento de maternidades en la Pensiones

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el nuevo complemento de maternidad en las pensiones, con el fin de reducir el 30% de diferencia en las pensiones entre hombres y mujeres y que, además servirá para ayudar a 30.000 madres (también pueden optar a ello padres) que hasta ahora no llegaban a los requisitos exigidos puesto que se concedía a partir del segundo hijo.

La primera medida de la reforma de las pensiones que el Gobierno quiere llevar a cabo a lo largo de 2021 ya es una realidad. El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, así lo ha confirmado asegurando que este nuevo diseño introduce "progresividad" en la medida y ha recordado que la brecha de género en las pensiones es consecuencia de la caída de las percepciones que se produce en las mujeres después de la maternidad de su primer hijo.

Requisitos

La ayuda se podrá demandar desde el nacimiento o la adopción del primer hijo, y no del segundo como era hasta ahora, el Gobierno ha establecido cinco requisitos básicos para la solicitud del complemento:

1. Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social.

2. Acceder a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad o viudedad, excluyendo la jubilación anticipada voluntaria.

3. Ser titular de la pensión, al menos, desde el 1 de enero de 2016.

4. El hijo o los hijos deben ser biológicos o estar legalmente adoptados sin límite de edad.

5. Los hijos deben estar inscritos en el Registro Civil Español, aunque hayan nacido en el extranjero.

Cuantía

Desde 2016, este complemento era progresivo, sobre la jubilación percibida, en función del número de hijos (a partir de dos): 5%, para dos hijos, 10%, para tres, y 15%, para cuatro o más vástagos. Sin embargo, desde ahora se sumarán 400 euros anuales por hijo y desde el primero sea biológico o adoptado, lo que beneficiará a 30.000 mujeres que no podían acceder a la ayuda hasta ahora.

Eso sí, este complemento no tiene efectos retroactivos y no puede ser demandada por mujeres que hayan accedido a la pensión antes del 1 de enero de 2016.

¿Quién lo puede recibir?

Como el propio complemento indica, es una ayuda destinada a las mujeres con el fin de recudir la brecha de desigualdad en las pensiones (se pretende que baje del 30% al 5%). Sin embargo, también pueden solicitarlo los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera de cotización, ya que es un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores.

El Gobierno calcula que el 98% de los casos irá destinado a las madres, que son quienes más sufren estos prejuicios a la hora de tener o adoptar un hijo. Además, en caso de que ninguno de los dos progenitores se hubiese visto perjudicado, por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre.

Desde el STR nos alegramos de esta nueva medida, que esperamos sirva para reducir la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres por el hecho de ser padres. Estas medidas son siempre bien recibidas en lo relativo a la conciliación laboral y familiar.

Para cualquier consulta relacionada con la solicitud de esta prestación no dudes en ponerte encontacto con tu Sección Sindical STR más cercana.

Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11028058/02/21/Asi-es-el-nuevo-complemento-de-maternidad-en-las-pensiones-requisitos-cuantia-y-quien-lo-recibira.html